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LA AUDIENCIA DE LOS CONFINES

Nuestro texto de hoy, sacado del libro “Honduras” de don Luis Mariñas Otero, trae luz a algo que nos queda siempre difuso: La Audiencia de los Confines. Quienes han visitado la ciudad de Gracias conocen lo que queda del edificio en que funcionó este órgano colonial, pero aquí hay más detalles:
El 20 de noviembre de 1542 representa una fecha trascendental en la historia de América en general y de Centroamérica en particular. Aquel día firmó el emperador en Barcelona las llamadas “Leyes Nuevas” y creó la Audiencia de los Confines.
Por las primeras quedó definido de una vez por todo el estatuto jurídico del indígena, no como esclavo, sino como un súbdito de Su Majestad, de igual categoría que los españoles y cuyas peculiaridades buscan tan solo su protección y asimilación. Se establecía en ellas: que en los pleitos entre indios o con ellos no se levantasen grandes procesos, como solía suceder por malicia de algunos abogados y procuradores; sino que se instruyesen sumariamente; guardando sus usos y costumbres que no fueran notoriamente injustos. Se prohibía hacer esclavos a los indígenas y emplearlos para cargas; y a los virreyes, gobernadores y sus tenientes oficiales reales, prelados, monasterios, cofradías, hospitales y todas las personas favorecidas con oficios, el tener indios en encomienda. Disponiéndose que los dueños de encomienda que tratasen mal a sus peones fueren despojados de ella, que quedaría incorporada a la corona.
En la misma fecha quedó Centroamérica agrupada en una sola entidad política con el nombre de Audiencia de los Confines, cuya jurisdicción comprendía Tabasco, Chiapas, Yucatán, Cozumel, Soconusco, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Veragua y Darién, suprimiendo la audiencia creada en Panamá en 1537, con jurisdicción sobre las tres últimas provincias.
Y ahora, usted también lo sabe.

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