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DECRETO No 84-95
Art. 1-Institúyese el 1 de Septiembre de cada año como DIA DE LA BANDERA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS. En esta fecha todas las instituciones del Estado, civiles y militares, lo mismo que la ciudadanía en general, deberán rendir tributo de veneración y respeto a la Bandera de la Patria.
Art. 2-Derogar el Decreto No5 de fecha 7 de junio de 1943, mediante el cual se instituyo el 14 de Junio de cada año como el día consagrado a la Bandera Nacional de Hondura.
Art. 3-El presente DECRETO entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en Tegucigalpa, M.D.C. en el salón de Sesiones del Congreso Nacional el 9 de mayo de mil novecientos noventa y cinco.
-Carlos Roberto Flores Facussé
Presidente Congreso Nacional
-Carlos Roberto Reina I.
Presidente Constitucional de la República
*Fuente: Calendario Cívico de Honduras, Francisco Arístides Medina