Fecha de Creación:
15 de mayo de 1970
Decreto de Creación:
RESOLUCIÓN No. 26 PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA.- Tegucigalpa, M. D. C., quince de mayo de mil novecientos setenta.- Vista la solicitud presentada al Poder Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, con fecha diez y ocho de enero de mil novecientos sesenta y cinco, por los ciudadanos Elías Cruz Donaire, Leopoldo Flores, Arnaldo Lavaire y Lavaire, Daniel Flores y Flores, Eduardo Lavaire, Jorge Lavaire y Lavaire, Rafael Flores y Flores y Jesús Flores y Flores, todos mayores de edad, solteros, jornaleros, hondureños y residentes en la aldea de San Luis, jurisdicción de Esquías, Departamento de Comayagua, contraída a pedir en representación de los habitantes de la referida Aldea, que se eleve a la categoría de municipio, la aldea de San Luis, tantas veces citadas.-
RESULTA: que la Secretaria de Estado en los despachos de Gobernación y Justicia al admitir la petición, en auto de fecha diez y ocho de enero de mil novecientos sesenta y cinco, mando a oír a la Dirección General de Censos y Estadísticas, a la Gobernación Política de Comayagua y a la Procuraduría General de la República.-
RESULTA: que la Dirección General de Censos y Estadísticas, al evacuar su informe manifestó, que la aldea de San Luis y sus Caseríos, tienen una población total de 1.376 habitantes y 222 viviendas.-
RESULTA: que la Gobernación Política del departamento de Comayagua, manifestó que la aldea de San Luis, reúne los requisitos que establece el Artículo 3º. De la ley de municipalidades y del Régimen Político, para ser erigida en municipio.-
RESULTA: Que la Procuraduría General de la República, se pronunció también en igual sentido.-
CONSIDERANDO: que con la creación del nuevo municipio de San Luis, no se perjudica la economía del municipio de Esquías, del cual se desmiembra y
CONSIDERANDO: que es procedente acceder a lo pedido,
POR TANTO: El Presidente de la República, en aplicación de los Artículos 201 de la Constitución de la República; 2º. Y 3º. de la ley de municipalidades y del Régimen Político y 1º. Del Código de Procedimientos Administrativos,
RESUELVE: 1º.- Crear el municipio de San Luis cuya cabecera será la población del mismo nombre, en el departamento de Comayagua, con las aldeas y caseríos siguientes: Aldeas: «El Plan Grande», «El Tablón» y «Loma Pelada».- Caseríos: «Las Trojas», «El Portillo», «Talquezal», «Las Uvas», «Río Arriba», «La Joya», «Las Quebradas» y «El Tule», y tendrá el nuevo municipio de San Luis, los limites o colindancias que siguen: La línea jurisdiccional entre los municipios de San Luis y Minas de Oro, será así: Partiendo del mojón trifinio de «Guarumas», ubicado en la línea jurisdiccional entre los municipios de Esquías y Minas de Oro, se tomara el rumbo Norte cuarenta y tres grados cuarenta y cinco minutos Oeste (N. 43° 45’ 0.) y una distancia de aproximadamente setecientos veinte y cinco metros (725Mts.) hasta llegar al mojón del «Camino de Esquías a San Antonio»; siguiendo luego un rumbo Norte setenta y seis grados cuarenta y cinco minutos Oeste (N. 76° 45’ 0) y una distancia aproximadamente de tres mil novecientos noventa y dos metros (3.992Mts) hasta llegar al mojón del «Caliche del Zompopera», desde este mojón se toma el rumbo Norte setenta y un grados quince minutos Oeste (N. 71° 15’ 0.) y con una distancia de mil cuarenta y dos metros (1.042Mts.) se llega al mojón de la «Loma del Camino entre Jupuare y La Cañas», continuando luego con rumbo Norte setenta y un grados quince minutos (N. 75° 15’ 0.) y con una distancia de novecientos seis metros (906Mts.) se llega al mojón del «Camino Viejo», en la loma de Zompopera; desde allí se sigue el rumbo norte setenta y un grados quince minutos Oeste (N. 71° 15’ 0.) y con una distancia aproximadamente de seis mil trescientos metros (6,300Mts.) se llega hasta el mojón de «Las Montañas de Platanares».- De este mojón se prosigue con rumbo Sur 75 grados Oeste (S. 75° 0.) hasta llegar al mojón Trifinio «El Rincón» con una distancia aproximadamente de dos mil ochocientos metros.- En el mojón El Rincón termina esta línea jurisdiccional.- La línea jurisdiccional entre los municipios de San Luis y La Libertad, será la siguiente: Comenzara en el mojón trifinio denominado «El Rincón» el cual es mojón también de los terrenos llamados «Sitio del Rincón» y ejidos de La Libertad».- Del mojan trifinio «El Rincón» se tomara el rumbo Sur aproximadamente hasta llegar con una distancia aproximadamente de 1400Mts, al mojón «Quebrada Ruidosa» colindando en este tramo por el lado derecho con terrenos ejidales del municipio de La Libertad y llevando a mano izquierda al terreno titulado con el nombre de «Sitio del Rincón».- El mojón «Quebrada Ruidosa» es común a los terrenos denominados «Sitio del Rincón» y «Rincón del Tule» y ejidos de La Libertad.- Del mojón «Quebrada Ruidosa» se seguirá aproximadamente con el mismo rumbo Sur hasta llegar con mil trescientos cincuenta metros aproximadamente (1350Mts.) al mojón «Las Lagunetas» , llevando a mano derecha los terrenos ejidales de «La Libertad» y a mano izquierda el terreno denominado «Rincón del Tule».- El mojón «La Lagunetas» es mojón común a los terrenos «Rincón del Tule», Ejidos de La Libertad y del «Lote No.2 de El Junco».- Del mojón «Las Lagunetas» se continuara con rumbo Sur aproximadamente hasta llegar al mojón de «La Cima Alta del Filo» o «Cerro Negro» con una distancia aproximadamente de 3850Mts. Llevando a mano derecha los ejidos de La Libertad y a mano izquierda el lote #2 de «El Junco».- El mojón de Cerro Negro, es mojón común a los terrenos «Ejidos La Libertad» «Ejidos de San Luis» «Junco y Carrizal» y «Lote # 2 del Junco».- Y la línea limítrofe que separara a los municipios de San Luis y Esquías, será como sigue: Partiendo de el mojón Trifinio denominado «Guarumas» se seguirá una línea recta con rumbo Sur tres grados treinta minutos Este (S. 3° 30’ E) aproximadamente hasta llegar con una distancia aproximada de 4Kms. a su intersección con la «Quebrada de Agua» en un punto ubicado en el paso del camino actual que une a Esquías con San Luis.- Este punto está ubicado a una distancia de aproximadamente 1850Mts. de la iglesia de San Luis.- «Del paso de la Quebrada de Agua» se continuara aguas abajo por la mencionada quebrada hasta su confluencia con el Río Sorzapote, se tomara el rumbo Sur treinta y siete grados (S. 37° 0) Oeste aproximado hasta llegar al mojón del cerro de «La Laguna» con una distancia de aproximadamente 1500Mts. El mojón del «Cerro de la Laguna» es el mojón del terreno comunal denominado «San Luis». Del mojón del «Cerro de la Laguna» se continuara con un rumbo aproximado de Sur 52° grados Oeste (S. 52° 0) hasta llegar al mojón del «Plan de las Guacamayas» con una distancia aproximadamente de 1.100Mts. El mojón «Plan de las Guacamayas» es mojón común al terreno «San Luis».- Del mojón del «Plan de las Guacamayas» se continuara con el mismo rumbo de la línea anterior hasta llegar a la intersección de esta línea con el río «El Tablón o La Joya». Con una distancia de aproximadamente 800Mts. de este punto se continuara aguas arriba del río «El Tablón» o «La Joya» hasta su confluencia con la quebrada «El Mango».- De este punto se seguirá rumbo Norte ochenta y siete grados treinta minutos Oeste (N. 87° 30’ 0) con una distancia aproximada de 3.100Mts. hasta llegar al mojón de «La Loma Calichosa de los Higüeros».- El mojón de «La Loma de los Higüeros» es un mojón común a los terrenos «Ejidos jimeritos» y «Carrizal y Jutes».- Del mojón de «La Loma Calichosa de los Higüeros» se proseguirá con un rumbo Norte treinta y seis grados treinta minutos Oeste (N. 36° 30’ 0.) hasta llegar al mojón al mojón de «Los Magueles» con una distancia aproximada trescientos treinta y seis metros (336Mts.). El mojón «Los Magueles» es común a los terrenos Carrizal y Jutes.- Del mojón «Los Magueles» se continuara con rumbo Oeste aproximado hasta llegar al mojón del «Caliche del Carrizal» con una distancia de 2140Mts. aproximadamente. El mojón del «Caliche del Carrizal» es común a los terrenos «Carrizal y Jutes» y «Junco» y «Carrizal».- Del mojón del «Caliche del Carrizal» se toma un rumbo aproximado de Norte nueve grados Oeste (N. 9° 0.) hasta llegar con una distancia aproximada de tres mil quinientos cincuenta metros (3.550Mts.) al mojón trifinio denominado «Cima del Filo o Cerro Negro» donde termina esta línea.- el mojón de «La Cima del Filo o Cerro Negro» es común a los terrenos «Ejidos de San Luis» «Ejidos de La Libertad», «Junco y Carrizal» y «Lote No. 2 de los Ejidos del Junco».- Cualquier duda que se originare en cuanto a los limites, será aclarada por la oficina de Ingeniería dependiente de la secretaria de estado de los despachos de Gobernación y Justicia; y
2º.- La presente resolución tendrá vigencia, a partir de la fecha en que se elija a los miembros que integraran la Cooperación Municipal del nuevo municipio de San Luis, elección que tendrá lugar, el día señalado por la Ley Electoral; y, por mientras esto sucede, se excita al Honorable Consejo Nacional de Elecciones, para que ordene al Consejo departamental de elecciones de Comayagua, nombrar el consejo local del nuevo municipio de San Luis, en la forma establecida por la Ley Electoral, a fin de elaborar el censo de los electores, con los ciudadanos residentes en la aldea de San Luis y en las demás aldeas y caseríos que han pasado a formar parte del municipio creado por esta resolución.- NOTIFÍQUESE.- O. López A. EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DERECHOS DE GOBERNACIÓN Y JUSTICIA.- VIRGILIO URMENETA R.»
Historia de Fundación
En el año de 1800 alrededor de la hacienda El Zompopero, se fue formando la población de San Luis. En la división política territorial de 1896 era una aldea del municipio. En la administración del presidente. Oswaldo López Arellano y siendo ministro de gobernación Virgilio Urmeneta R. fue creado el municipio de San Luis mediante decreto ejecutivo número 26 del 15 de mayo de 1970
Significado de su nombre
En honor a su patrón San Luis