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23 DE AGOSTO 1871, SE CREA EL MUNICIPIO DE VILLANUEVA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS.

Fue creado el 23 de agosto de 1871.

Decreto de Creación

La tradición dice que este pueblo fue fundado por elementos venidos de Colinas, Trinidad, San Nicolás y Celilac, de Santa Bárbara, quienes construyeron sus viviendas en el punto llamado Llano Viejo, situado al Sur de donde se encuentra actualmente, debido a la escasez de agua fue abandonado ese lugar y trasladado al lugar donde hoy está. En 1801 aparece como reducción de Tehuma (San Manuel), le dieron categoría de Municipio el 23 de agosto de 1871 por acuerdo del Gobernador Político del Departamento de Santa Bárbara, así: Santa Bárbara, agosto 23 de 1871. Señor Alcalde Municipal de San Pedro Sula. En la solicitud del vecindario de Villanueva, sobre el asunto de la Municipalidad, recayó la determinación que dice Gobernación Política del Departamento de Santa Bárbara, Honduras, agosto 23 de 1871. Vista la solicitud que el 28 del mes próximo, dirigió a mi Despacho el Alcalde Auxiliar de Villanueva por sí y en representación de sus Gobernados, pidiendo se establezca en la citada reducción una Municipalidad por haber necesidad de ella y el número de almas que la Ley requiere en ínfimo grado.

 

Visto el informe que del 7 del corriente dio la Municipalidad de Tehuma a consecuencia del traslado que le paso, en cuyo informe niega que haya el número considerable de ellos es de extrañar jurisdicción.

Visto el informe emitido por el Señor Gobernador del circulo de San Pedro Sula, el 18 de este mismo mes, en que con poderosas razones combate lo expuesto por la Municipalidad de Tehuma, fundado en el sentido literal del Artículo 122, de la ordenanza de gobernadores, demostrando así que son vecinos de Villanueva los que la expresada corporación conceptúa de extraño domicilio, pues afirma el dicho Señor Gobernador que los mismos municipales de Tehuna creyeron necesaria la Municipalidad de Villanueva pues el 25 de abril de corriente año, acordaron trasladar la residencia del mismo cuerpo a Villanueva, cuyo hacho aprobado hasta por el Supremo Gobierno, llego a ser objeto de cuestión entre los vecinos de Tehuma y la citada Corporación, especialmente al Alcalde a quien ha odiado el vecindario. Considerando: Que el auxiliar de Villanueva ha comprobado que hay el número de almas necesario para que se establezca la Municipalidad, porque aun excluyendo los que menciona la Corporación de Tehuma, siempre queda número suficiente, agregando como deben agregarse de El Bálsamo hoy Guaruma y Agua Colorada, por estar más próxima a Villanueva que a San Pedro y Chinda a cuyas jurisdicciones pertenecen, por tanto: Apoyado en la facultad que me da el Articulo 125 de la ordenanza de Gobernadores y en atención a lo dispuesto en los Artículos 69 de la misma y 58 de la Constitución Política y a nombre del Supremo Gobierno de la República, Declaro: Que el pueblo de Villanueva debe de tener Municipalidad y en consecuencia, le señalo como Límites jurisdiccionales con los de los Municipio con los que va a colindar los siguientes: “Para con San Pedro Sula, el Río Chamelecón, para con Tehuma, desde Playa Grande, a orillas del mismo Río Chamelecón, el línea recta al puente de la Quebrada de Cañitas en el camino de El Plan donde se separa la vereda que a directamente a Santiago y de este mismo punto del puente a la orilla del Río Ulúa, en el lugar llamado Pimienta, quedando en la jurisdicción de Villanueva el punto llamado El Higueral. En consecuencia de la resolución anterior, el Señor Gobernador del circulo de San Pedro Sula, al tercero día de recibir inserta la presente, procederá a organizar la nueva municipalidad con arreglo a las Leyes vigentes y tan luego como se verifique la elección, hará que preste el juramento necesario y les explicara sus deberes en lo general para que los cumplan. Así determina y manda por ante el Secretario del Despacho. Dando aviso separado a las Municipalidades que colindan con Villanueva en los puntos que marca la línea divisoria para que los reconozcan y se desprendan del dominio que han tenido en las reducciones que se anexan. Leandro José Rodríguez. Juan Sabillón, Secretario y para su puntual y exacto cumplimiento la inserto a usted, suscribiéndome por su servidor. Leandro José Rodríguez, Gobernador.

Se anexa la aldea de Agua Colorada a Villanueva. Acuerdo 723. Tegucigalpa 23 de enero de 1925 el Presidente de la República, Acuerda que la aldea de Agua Colorada del Municipio de concepción del Norte, Santa Bárbara, queda segregada de aquel y en lo sucesivo debe considerarse comprendida en el término municipal de Villanueva, Cortes. Comuníquese. Vicente Tosta.

En 1940 se creó el Distrito Local de Villanueva, formado por el actual Municipio de Villanueva, pero en 1957 se devuelve la autonomía Municipal.

Significado de su Nombre

Denominación cultural “nueva población”

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