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El Congreso Constituyente del Estado de Honduras, reunido en Tegucigalpa desde el 16 de septiembre, emitió Decreto autorizado por las firmas de don Pedro Nolasco Arriaga, como presidente; y los señores José Rosa Izaguirre y Justo José Herrera, como secretarios, determinando el pago de viáticos y sueldos de los Diputado. De conformidad con el Decreto a que nos referimos, a cada Diputado se le pagara cincuenta pesos de viáticos y además, un peso por cada legua recorrido desde su domicilio hasta el mineral de Cedros y desde este lugar, donde tuvo lugar la solemne instalación del congreso, hasta Tegucigalpa donde ahora sesionaba. Los Diputados resultaban ganando, pues, cincuenta pesos de viáticos; un peso por cada legua recorrida desde su domicilio hasta Cedros y de Cedros a Tegucigalpa y sesenta pesos mensuales. Si el Diputado ganaba otro sueldo inferior a los sesenta pesos, el Estado le pagaba la diferencia hasta completar esa suma, ocurriendo lo mismo con los curas a quienes se les investigaría el tercio de ingresos a que tenían derecho y les seria pagada la diferencia hasta llegar al sueldo establecido por el Decreto que hemos comentado. *Fuente: Efemérides Nacionales (Víctor Cáceres Lara)