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JUEVES 30 DE JUNIO DEL 2016 SE CREA EL DECRETO NO.62-2016

SECRETARÍA DE FINANZAS
Acuerdos Número. 214, 215, Acuerdo Ejecutivo No. 236

PODER LGISLATIVO
Decreto No. 62-2016

SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN YDESCENTRALIZACIÓN
Resolución No. 429-2016

ACUERDO 214

Tegucigalpa, M.D.C., 25 de mayo de 2016.

EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO

DE FINANZASCONSIDERANDO:

Que mediante el Artículo 1 del Decreto Ejecutivo Número PCM-082-2015 del 26 de noviembre de 2015 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”

el 10 de febrero de 2016, escinde la Dirección Adjunta de Rentas

Aduaneras (DARA) de la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI)y la adscribe a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas.

 

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 3 del Decreto Ejecutivo Número PCM-082-2015 ya citado, expresa que la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas es la responsable, en lo conducente, de la administración del personal y del patrimonio de la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras(DARA).

 

CONSIDERANDO:

Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su

Competencia.

 

CONSIDERANDO:

Que conforme al Artículo 4, párrafo segundo, de la Ley de Procedimiento Administrativo, en defecto de disposición legal, el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al Ramo de la Administración de que forman parte el superior y el inferior.

 

CONSIDERANDO:

Que la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, mediante Acuerdo de Delegación 116-B-2016,de fecha 14 de marzo de 2016, delegó en el ciudadano JESUS OLFREDO OLIVA VALLECILLO, la facultad de firmar en el ámbito de su competencia actuaciones en materia aduanera

 

POR TANTO:

En la aplicación de los Artículos 247 de la Constitución de la República. 36, numeral 19; 116, 118 y de la Ley General de la Administración Pública. 3, 4, y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. 60, numeral 8, del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo y el Decreto Ejecutivo Número PCM-082-2015 del 26 de noviembre de 2015

y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 10 de febrero de2016.

 

ACUERDA:

PRIMERO:

Ampliar las facultades otorgadas en el Acuerdo116-Bde fecha14 de marzo de 2016,al ciudadano JESUSOLFREDO OLIVA VALLECILLO, Director Adjunto de Rentas Aduaneras, la facultad de firmar en el ámbito de su competencia en el sentido de contratar el personal que sea  necesario bajo la modalidad de contrato de servicios por tiempo determinado para aquellas empresas que se encuentren acogidas la Ley de Regímenes Especiales y que por lo tanto paguen el valor establecido en el canon operacional.

 

SEGUNDO:

Todas las facultades otorgadas mediante delegación según el Acuerdo Ejecutivo No. 116-B-2016 de fecha14 de marzo de 2016, quedan vigentes tal y como fueron otorgadas en su oportunidad. A excepción de lo señalado en el numeral siete de la cláusula primera, referente a la prohibición de contratar nuevo personal, ya que es una de las facultades que se está otorgando en el presente Acuerdo Ejecutivo.

TERCERO:

El Delegado es responsable de la función delegada.

CUARTO:

Hacer las transcripciones de Ley.

QUINTO:

El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”.

 

ACUERDO NÚMERO 215

Tegucigalpa, M.D.C., 26 mayo, 2016.

EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE

FINANZAS

 

CONSIDERANDO:

Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia.

 

CONSIDERANDO:

Que los citados funcionarios les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos competentes a su ramo, de conformidad con la Ley, pudiendo

delegar en los Subsecretarios de Estado, Secretario General y Directores Generales, el ejercicio de atribuciones específicas.

 

CONSIDERANDO:

Que corresponde a los Secretarios e Estado emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y en aquellos que les delegue el Presidente de la República y que la firma de esos actos será autorizado por el  Secretario General respectivo.

POR TANTO:

En la aplicación de los Artículos 247 de la Constitución de la República. 36, numeral 19; 116, 118 y 123 de la Ley General dla Administración Pública. 3, 4, y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo 60, numeral 8, del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo conforme ala reforma hecha mediante Decreto Ejecutivo PCM-017-2011

del 22 de marzo de 2011 y el Acuerdo 1470-2011 emitido poresta Secretaría de Estado el 13 de septiembre de 2011.

 

ACUERDA:

PRIMERO:

Delegar temporalmente como encargado de la Dirección General de Control de Franquicias Aduaneras, al abogado JUAN JOSÉ VIDEZ ,quien se desempeña actualmente como Jefe de la Unidad de Control Legal, quien asumirá La responsabilidad propia del cargo y de todos los actos Administrativos referente a esa Dirección, durante el periodo comprendido del 30 de mayo al 03 de junio de 2016.

 

SEGUNDO:

El presente Acuerdo quedará sin valor ni efecto, una vez que se cumpla el periodo de viaje, el cual le fue autorizado realizar por motivo de labores.

 

ACUERDO EJECUTIVO NÚMERO 236

Tegucigalpa, MDC, 23 de junio de 2016EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DEFINANZAS,

CONSIDERANDO:

Que los Secretarios de Estado son

colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia.

 

CONSIDERANDO:

Que los citados funcionarios les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos competentes a su ramo, de conformidad con la Ley, pudiendo

delegar en los Subsecretarios de Estado, Secretario General y Directores Generales, el Ejercicio de atribuciones específicas.

 

CONSIDERANDO:

Que corresponde a los Secretarios de Estado emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y en aquellos que les delegue el Presidente de la República y que la firma de esos actos será autorizado por el

Secretario General respectivo.

CONSIDERANDO:

Que la delegación de funciones dentro de la Administración Pública se establece con el propósito de generar una dinámica y ágil administración en el trámite y despacho de los asuntos que ante ella se ventilen.

 

POR TANTO:

En aplicación de los artículos 247 de la Constitución de la República; 36, numeral 8, 116, 118 y 123 de la Ley General de la Administración Pública; y 3, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

 

ACUERDA:

PRIMERO: DELEGAR en la Licenciada

CARMENALICIA DELGADO ,Subdirectora de la Dirección General de

Crédito Público de esta Secretaría de Estado, la titularidad de la referida Dirección General con las funciones y atribuciones sin herenes al cargo, durante el período comprendido del lunes 24al jueves 30 de junio de 2016.

 

SEGUNDO:

La delegada será responsable del ejercicio de las funciones encomendadas.

TERCERO:

Hacer las transcripciones de Ley.

CUARTO:

El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”.

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