Constitución de Honduras de 1957 Fue la mejor Carta Magna que se haya emitido en este país centroamericano, consensuado por la Asamblea Nacional Constituyente en fecha 19 de diciembre de 1927, mediante Decreto No. 21 y publicado posteriormente en el diario oficial La Gaceta (Honduras), dejando derogada la Constitución de Honduras de 1936 emitida por el Doctor y General don Tiburcio Carias Andino.
Esta constitución se realizó siendo presidente de la república el Doctor Ramón Villeda Morales y presidente del Congreso Nacional de Honduras el Doctor Modesto Rodas Alvarado.
Contenido de la Constitución
PREÁMBULO
Nosotros, Diputados a la Asamblea Nacional Constituyente, en ejercicio de la Soberanía que el pueblo nos ha delegado, invocando el nombre de Dios y con nuestra fe puesta en el destino democrático de Honduras, decretamos y sancionamos la siguiente: Constitución de la República.
Título I: EL ESTADO Y SU FORMA DE GOBIERNO
Capítulo único
Título II: NACIONALIDAD Y CIUDADANÍA
Capítulo I. De los hondureños
Capítulo II. De los extranjeros
Capítulo III. De los ciudadanos
Título III:
Capítulo I. El sufragio y los partidos políticos
Capítulo II. Función electoral
Título IV. Derechos y garantías individuales
Capítulo único
Título V: GARANTÍAS SOCIALES
Capítulo I. La familia
Capítulo II. Del trabajo y previsión social
Capítulo III. Cultura
Capítulo IV. Propiedad
Título VI
Capítulo único. De la suspensión de garantías
Título VII. PODERES DEL GOBIERNO
Poder Legislativo
Capítulo I. Su organización
Capítulo II. De las atribuciones del Congreso
Capítulo III. De la comisión permanente
Poder Ejecutivo
Capítulo IV. Organización
Capítulo V. Atribuciones del Poder Ejecutivo
Capítulo VI. Secretarios de Estado
Poder Judicial
Capítulo VII. Organización
Capítulo VIII. Atribuciones de la Corte Suprema de Justicia
Capítulo IX. Pagaduría de los fondos de Justicia
Título VIII
Título IX
Capítulo único. De la formación, sanción y promulgación de la Ley
Título X
Capítulo I. Economía
Capítulo II. Régimen financiero
Hacienda Pública
Presupuesto
Capítulo III. Fiscalización
Capítulo IV. Procuraduría General de la República
Capítulo V. Instituciones autónomas
Título XI
Capítulo único. Servicio civil
Transitorio
Título XII
Capítulo único. Responsabilidad
Título XIII
Capítulo único. De las Fuerzas Armadas
Título XIV. Del régimen departamental y municipal
Capítulo I. Del régimen departamental
Capítulo II. Del régimen municipal
Título XV
Capítulo I. De la reforma
Capítulo II. Inviolabilidad de la Constitución
Título XVI. Disposiciones transitorias
ANEXO: Reformas a la Constitución de 19571
Decreto 29 (29 de marzo de 1958)
Decreto 51 (30 de abril de 1958)
Decreto 40 (10 de febrero de 1958)
Decreto 109 (3 de agosto de 1962)
Decreto 24 (5 de febrero de 1963)2
Temas nuevos
Se declaró a Honduras un Estado soberano e independiente, reconociendo los derechos y garantías individuales reconocidas en las Constituciones anteriores. Se prohibía la reelección presidencial, declarando que la violación a esta norma daba derecho a la insurrección popular, la anterior constitución de 1936, emitida en el gobierno del Doctor y general don Tiburcio Carias Andino, sostenía mediante reformas el continuísmo del dictador, quien asumiera el cargo en 1933 y lo dejase hasta 1949.
Esta nueva constitución de 1957, ofrecía máximas garantías sociales e individuales para los hondureños y la continuidad de la democracia en el poder encontrado en el «Artículo 4» donde se establece: La alternabilidad en el ejercicio de la presidencia de la república es obligatoria este texto se consagra La violación de esa norma da derechos a la insurrección popular. Por consiguiente, ningún presidente puede reelegirse en el mandato establecido para 4 años, garantizando la democracia absoluta en el país; más allá encontramos en el «Artículo 38» numerales 5 y 6, establecen: Se pierde la ciudadanía al coartar la libertad del sufragio, adulterar documentos electorales, emplear medios fraudulentos para burlar la voluntad popular y por propiciar el continuismo o la reelección del Presidente de la República.3
Mejoras sociales para los hondureños, como: El carácter de Instituciones de Derecho Público a los partidos políticos. Estableció el voto directo, igualitario y secreto. Se tuteló por el Estado la maternidad y el matrimonio, así como el matrimonio de hecho; se eliminaron las diferencias entre hijos legítimos y naturales. Se declaró de utilidad pública la emisión del Código de Trabajo y se emitió la Ley del Seguro Social de Honduras. Se reconoció el derecho a la huelga y paro. Se emitieron las Leyes de Fomento Industrial y la Reforma Agraria. Se proclamó la Autonomía Universitaria, a la UNAH. El Estado reconoció y garantizó la propiedad privada y admitió la intervención del Estado en la economía privada, por razones de orden público e interés social. Se creó la Proveeduría General de la República, la Oficina de Administración de Bienes Nacionales, La Contratación General de la República (hoy Tribunal Superior de Cuentas), el Régimen de Servicio Civil, el Banco Municipal Autónomo y se formó el Distrito Central con Tegucigalpa y Comayagüela. Siguió el modelo de los tres poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial). Se crearon los tres designados Presidenciales para sustituir al presidente Titular. Se creó el Consejo Superior de Defensa Nacional. Se emitieron: Ley de Reforma Agraria, se establecieron: la Junta Nacional de Bienestar Social, Instituto Nacional de la Vivienda (INVA), El Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados (SANAA), La Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE). La constitución de 1957, fue derogada al emitirse la nueva Constitución política de Honduras en 1965, siendo jefe de estado el General Oswaldo López Arellano.
Fuente: http://es.wikipedia.org