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MARTES 25 DE ABRIL DEL 2017 SE CREA EL ACUERDO IHITT-0012017

INSTITUTO HONDUREÑO DEL TRANSPORTE TERRESTRE

Acuerdo Ejecutivo número IHTT-0012017

Considerando: que el artículo 87 de la ley de transporte terrestre aprobado mediante decreto ejecutivo 155-2015 en la fecha de 17 de diciembre del 2015 y publicado en el diario oficial la Gaceta el 30 de marzo del 2016, se declaró de interés público y prioridad nacional de seguridad de los usuarios del transporte público terrestre, urbano e interurbano así como los concesionarios u operadores de unidades de transporte.

PRIMERO: Se prorrogan automáticamente hasta el 30 de junio de 2017, todos aquellos Permisos de Explotación, Certificados de Operación y demás derechos, de todas las modalidades del Transporte Terrestre, que estuvieren vencidos o se vencieren antes de esa fecha pero, deberán acudir a las oficinas del Instituto Hondureño del Transporte Terrestre (IHTT), ya habilitadas en Tegucigalpa, San Pedro Sula, Ceiba y Choluteca, a presentar antes de esa fecha, sus correspondientes solicitudes de renovación, para garantizar en adelante que sea efectiva en su favor esta medida de prórroga automática. No obstante esta prórroga decretada, el IHTT ejecutará los procesos de renovaciones correspondientes por medio de los nuevos Certificados que con nuevo registro y nuevas y mayores medidas de seguridad serán emitidos en adelante. SEGUNDO: A partir del día 3 de abril de 2017, todos los concesionarios o empresarios del transporte, pueden acudir a las oficinas del Instituto Hondureño del Transporte Terrestre (IHTT), ya habilitadas en Tegucigalpa, San Pedro Sula, Ceiba y Choluteca, a obtener información sobre la VENTANILLA ELECTRÓNICA y, sobre los NUEVOS REQUISITOS de conformidad a la Ley del Transporte Terrestre de Honduras vigente, que en adelante deberán presentar o completar, relacionados a los principales trámites o procedimientos administrativos en materia de transporte terrestre, cuales son, RENOVACIONES DE CERTIFICADOS DE OPERACIÓN, CAMBIOS DE UNIDAD (QUE IMPLICA A SU VEZ CAMBIO DE PLACAS), MODIFICACIONES A LOS DATOS DEL CONCESIONARIO, MODIFICACIONES A LOS DATOS DE LAS UNIDADES DEL TRANSPORTE Y, CESIÓN DE DERECHOS DE LAS CONCESIONESDEL TRANSPORTE TERRESTRE (ANTES DENOMINADAS O TRAMITADAS COMO ADJUDICACIONES), pudiendo también descargar estos requisitos, a partir de esa misma fecha 3 de abril de 2017, de la página web del IHTT www.transporte.gob.hn. TERCERO: A partir del día 17 de abril de 2017, todos los concesionarios o empresarios del transporte, pueden presentar todos sus escritos y solicitudes, cumpliendo los nuevos requisitos relacionados en el capítulo anterior, por medio de la VENTANILLA ELECTRÓNICA en todas las oficinas del Instituto Hondureño del Transporte Terrestre (IHTT), ya habilitadas en Tegucigalpa, San Pedro Sula, Ceiba y Choluteca, pudiendo también obtener más información al respecto en las mismas y, a partir del 3 de abril de 2017, a través de la página web del IHTT www.transporte.gob.hn. CUARTO: A los concesionarios o empresarios del transporte, que hubieren presentado escritos o solicitudes de cualquier tipo ante las oficinas de la suprimida Dirección General de Transporte (DGT) o, desde el 1 de noviembre de 2016 ya en nuestras ventanillas de atención habilitadas en Tegucigalpa, San Pedro Sula, Ceiba y Choluteca, podrán ser legalmente requeridos en adelante por el IHTT a efecto de presenten o completen requisitos que falten en sus expedientes administrativos, para adecuarlos a los parámetros legales que a cada uno les corresponda y, proceder como corresponde en ley a emitirles, cuando esto resulte procedente, los nuevos Certificados que, con nuevo registro y nuevas y mayores medidas de seguridad, serán emitidos en adelante. QUINTO: EL INSTITUTO HONDUREÑO DEL TRANSPORTE TERRESTRE (IHTT) REITERA, a todos los concesionarios o empresarios del transporte público de personas, QUE SOLO SE ESTÁ ACTUALMENTE EVACUANDO LA MORA DE EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS que quedaron en trámite en la suprimida Dirección General de Transporte (DGT) y de los escritos y solicitudes que desde el 1 de noviembre de 2016 hubieren presentado ya en nuestras ventanillas de atención habilitadas en Tegucigalpa, San Pedro Sula, Ceiba y Choluteca, SOLO DE LAS UNIDADES DEL TRANSPORTE PÚBLICO DE PERSONAS YA INSCRITAS EN EL CENSO NACIONAL DE TRANSPORTE que se inició el 1 de noviembre de 2016 en Tegucigalpa, el 15 de noviembre de 2016 en San Pedro Sula, el 5 de diciembre de 2016 en Ceiba y, el 6 de febrero de 2017 en Choluteca. En consecuencia, las unidades del transporte público de personas NO CENSADAS, primero, serán inmediatamente sancionadas como legalmente está establecido en la vigente Ley del Transporte Terrestre de Honduras por no cumplir con este obligatorio e ineludible requisito de ordenamiento del transporte público; segundo, sus escritos o solicitudes, si corresponde en ley, podrán ser evacuados pero respetándose el orden de prelación y priorización que han obtenido las unidades censadas a nivel nacional, siempre que cumplan con todos los procedimientos y requisitos adicionales que le serán notificados, lo cual dificultará diariamente su operación por no haberse censado y, en consecuencia, por no tener sus concesiones en regla, pues en este lamentable caso, los Inspectores de Campo de la Inspectoría General del Transporte Terrestre del IHTT, les aplicarán en sus operativos las multas y demás sanciones que también correspondan por estas mismas causas, todo lo cual evitaban si se hubieran censando en tiempo y forma. ACLARANDO QUE ESTA MEDIDA NO APLICA AL RESTO DE MODALIDADES DEL TRANSPORTE TERRESTRE.

SEXTO:

REGLAMENTO ESPECIAL DE CONSORCIOS OPERATIVOS Y EMPRESARIALES, OPERACIÓN DEL TRANSPORTE, RECAUDO DE TARIFAS Y VIDEO VIGILANCIA EN EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO.

SÉPTIMO: EL INSTITUTO HONDUREÑO DEL TRANSPORTE TERRESTRE (IHTT),

CENSO NACIONAL DE TRANSPORTE, NO HABIENDO MÁS PRÓRROGA DEL MISMO PARA ESTA ESPECÍFICA MODALIDAD DEL TRANSPORTE TERRESTRE. OCTAVO: EL INSTITUTO HONDUREÑO DEL TRANSPORTE TERRESTRE (IHTT), notifica para todos los efectos legales y administrativos correspondientes, que se ratifica la VEDA en la emisión por primera vez, de Permisos de Explotación y Certificados de Operación, en el Transporte Público de Personas (Buses Urbanos, Buses Inter-Urbanos, Taxis y Mototaxis), por la excesiva oferta nivel nacional de estas modalidades del transporte público de personas. Esta veda estará vigente hasta que el IHTT notifique en legal y debida forma su vencimiento, total o parcial.

NOVENO: EL INSTITUTO HONDUREÑO DEL TRANSPORTE TERRESTRE (IHTT), notifica para todos los efectos legales y administrativos correspondientes, que el 1 de mayo de 2017 inicia, en todas las oficinas del Instituto Hondureño del Transporte Terrestre (IHTT), ya habilitadas en Tegucigalpa, San Pedro Sula, Ceiba y Choluteca, la inscripción de Unidades del Transporte Público de Carga (Especializada y No especializada) y, la inscripción de Unidades del Servicio de Transporte Especial (Para estudiantes, trabajadores, turismo, carga en unidades privadas, grúas, perforadoras y otros similares y, demás especiales) en el CENSO NACIONAL DE TRANSPORTE. Esta inscripción estará vigente hasta que el IHTT notifique en legal y debida forma su vencimiento.

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